La Bandera Nacional merece el
mejor de los tratamientos y su uso en los actos protocolarios debe ser
cuidadoso y respetuoso. Como norma general las banderas oficiales únicamente se
deben de utilizar en los actos cuando son organizados por las autoridades o
cuando éstas concurren a actos organizados por instituciones no oficiales.
Muchos organismos públicos cometen el error de " crear " bandera
para los Ministerios, Organismos o Empresas del Estado, cuando
en realidad no puede legalmente existir una competencia dentro de la misma
estructura gubernamental. La bandera Nacional, Regional y Municipal prevalece
sobre todas y lo lógico es que no existan banderas paralelas a éstas, dando
cumplimiento a los principios expresados anteriormente. El
Relacionista tiene un papel importante al hacer cumplir esta norma
que permite establecer la diferencia en sus actos
institucionales o empresariales. Lo adecuado es implementar el uso del logo de
la empresa en forma de pendón, banderola o estandarte. Con la competencia
permanente de los "asesores comunicacionales" y la " imagen
corporativa " se cae en estos errores gubernamentales. Si usted como
protocolista de gobierno, está bien formado, informado y seguro en las
diferencias que se establecen en la materia, hace prevalecer los "
símbolos patrios" porque la Bandera Nacional constituye uno de los
principales símbolos de una nación, región y municipio y como tal
unifica la identidad colectiva. Por último, cuando la
Bandera Nacional deba ondear junto a la de otros Estados o Naciones, lo
hará de acuerdo con las normas y usos internacionales que rigen esta materia en
las relaciones entre Estados, así como con las disposiciones y reglamentos
internos de las organizaciones intergubernamentales y las conferencias
internacionales.
hable sobre los himnos....
ResponderEliminarCon gusto. Pronto. Gracias por tu participación. Se agradecen todos los comentarios, la idea es avanzar.
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