La "Lista Protocolar" registra el título nobiliario, profesional, religioso o rango militar de las personas que la integran, porque el Protocolista para cumplir con las elementales norma de educación y respeto, y aplicar el tratamiento respectivo al momento de elaborar el "vocativo", así como firmar las comunicaciones diarias e invitaciones, para lo cual la Secretaria de la Oficina, tiene que implementarlo en el encabezado de todas las correspondencias. Ej. : Abogado Pedro Luís Olivares Pérez . Si la persona tiene una maestría, doctorado o especialización, hay que colocársela. No hay que olvidar estos detalles que distinguen las gestiones eficaces y que la "Lista" tenga el más estricto y riguroso tratamiento. Sobre los encabezados de correspondencia y vocativos escribiré más adelante. La "Lista Protocolar" solo se modifica con la plena autorización de la Dirección Nacional de Protocolo del Poder Ejecutivo Nacional, por eso mi recomendación de elaborar otros directorios paralelos, e incluya ahí a las personas que Ud. quiera, los datos que Ud. quiera y necesite, pero le aconsejo implementar un orden interno en esos Directorios que metodológicamente le sean de utilidad, agilicen el trabajo y cumplan con los detalles antes mencionados. Un funcionario de protocolo tiene que tener bajo su responsabilidad la "Lista" y los Directorios, para actualizarlos permanentemente. La Lista Protocolar es para el Protocolista, lo que la Constitución de la República para los Abogados. Es la llave maestra para la organización del trabajo protocolar.
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